¿ Se quiere divorciar ?

Decidir poner fin a una relación y divorciarse es un paso significativo. Para ayudarle a continuación presentamos una serie de preguntas frecuentes. Puede pulsar en cada pregunta para abrir la respuesta y obtener más información. Tómese un momento para considerar estos puntos, y luego agenda una cita para que pueda darle respuestas adaptadas a su situación específica.


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Preguntas Frecuentes

1¿Qué es la custodia exclusiva?
En la custodia exclusiva, uno de los progenitores asume la responsabilidad principal del cuidado diario y la toma de decisiones ordinarias sobre el menor. Para las decisiones importantes como cambio domicilio, colegio, tratamientos médicos etc, se requiere el consentimiento de los dos progenitores. Motivos para otorgar la custodia exclusiva: Los tribunales suelen considerar varios factores al decidir si otorgan la custodia exclusiva, incluyendo: • El interés superior del menor. • La capacidad de cada progenitor para cuidar al menor. • Historial de violencia doméstica o abuso. • Incapacidad de uno de los progenitores para cuidar adecuadamente al menor. • Cuando la mala relación entre los progenitores, imposibilita la custodia compartida. El otro progenitor, normalmente, tiene un régimen de visitas y comunicaciones para mantener el contacto con el hijo. Si bien es una opción, puede no ser siempre la mejor. Evaluamos si la custodia exclusiva se ajusta a su situación.
2¿Qué es la custodia compartida?
La custodia compartida es un régimen legal que se aplica en casos de separación o divorcio, donde ambos padres comparten la responsabilidad y el cuidado de sus hijos menores de edad. Se establece un reparto equitativo de tiempos de los menores con los progenitores, generalmente los menores permanecen una semana con cada progenitor. Aquí te explico los aspectos clave: ¿Qué implica la custodia compartida? • Igualdad de derechos y deberes: Ambos padres tienen los mismos derechos y responsabilidades en la crianza y educación de sus hijos. • Tiempo compartido: Los hijos pasan periodos de tiempo con cada uno de sus padres, según lo establecido en un acuerdo o decisión judicial. • Interés del menor: La decisión de otorgar la custodia compartida siempre se basa en el bienestar y el interés superior del menor.
3¿Cuál es el criterio de atribución de la guarda y custodia en los procedimientos de divorcio y separación?
El criterio primordial es el interés superior del menor. Se evalúan factores como la capacidad de cada progenitor para atender las necesidades emocionales, educativas y materiales del hijo, la relación del menor con cada progenitor, la disponibilidad horaria, la estabilidad del entorno y la opinión del menor si tiene suficiente madurez( 12 años). El objetivo es asegurar el desarrollo integral y el bienestar del menor en un ambiente lo más estable posible. Consúltenos para un análisis detallado de su caso.
4¿Se puede establecer la custodia compartida de mutuo acuerdo en un proceso de divorcio y separación?
Sí, es la forma más habitual y recomendable. Si ambos progenitores están de acuerdo en compartir la custodia, pueden presentar un convenio regulador al juez, que lo aprobará si considera que es beneficioso para el menor. Un acuerdo amistoso suele ser la mejor opción para todos. Le ayudamos a redactar un convenio que proteja los intereses de su hijo.
5¿Puede fijarse la custodia compartida en un proceso de divorcio y separación en supuestos de violencia de género?
En principio, no. La ley suele evitar la custodia compartida en casos de violencia de género, a menos que se demuestre que no afecta al interés superior del menor y sea seguro para el niño convivir con el progenitor agresor. La protección del menor es siempre la prioridad. La ley protege a la víctima. Consúltenos para que le asesoremos.
6¿Puede establecer el tribunal en un procedimiento de divorcio la custodia compartida a falta de acuerdo entre ambos progenitores?
Sí, el tribunal puede imponer la custodia compartida incluso sin el acuerdo de ambos progenitores, si considera que es lo más beneficioso para el menor, tras evaluar las circunstancias familiares y las pruebas presentadas. El juez decide en función del interés superior del menor. Es un proceso complejo. Le ayudamos a defender sus derechos en el proceso judicial.
7¿Cómo se regulan los tiempos de alternancia en la custodia compartida?
Los tiempos de alternancia en la custodia compartida se regulan estableciendo periodos de tiempo específicos que el menor pasa con cada progenitor. Estos periodos pueden ser semanales, quincenales, mensuales o incluso anuales, dependiendo de las circunstancias y de lo que se considere más adecuado para el bienestar del menor. Se trata de equilibrar los tiempos. Le asesoramos para establecer un régimen justo para su hijo.
8¿En qué consiste el régimen de visitas y comunicaciones en un divorcio?
El régimen de visitas y comunicaciones define los días, horarios y medios de contacto entre el menor y el progenitor que no tiene la custodia principal. Su objetivo es mantener y fortalecer el vínculo afectivo entre ambos. Puede incluir visitas, llamadas telefónicas, videollamadas y otros medios de comunicación. o Las visitas por norma general son intersemales algún día entre semana con pernocta o sin ella y los fines de semana alternos de viernes a domingo o a lunes. Además los periodos vacacionales s suelen dividir por mitad.Consúltenos para un régimen de visitas adaptado a su situación.
9¿Cómo se concreta el régimen de comunicaciones en el divorcio y separación?
El régimen de comunicaciones se concreta especificando los días de visita, los horarios, los lugares de recogida y entrega del menor, y la forma de comunicación (teléfono, videollamadas, correo electrónico, etc.). Es importante ser claro y detallado para evitar malentendidos y conflictos. La claridad es fundamental. Consúltenos para garantizar un régimen de comunicaciones eficaz.
10¿Y si los hijos son menores de un año, habrá que fijar pernocta (dormir fuera de su domicilio habitual) en la resolución judicial de divorcio y separación?
Depende de cada caso y de las circunstancias concretas. Los tribunales suelen ser cautelosos con la pernocta a edades tan tempranas, priorizando la estabilidad del menor y la lactancia materna si es el caso. Se analiza cuidadosamente. El juez decidirá. Consúltenos para una valoración precisa de su situación.
11¿Dónde debe realizarse la entrega de las y los menores en el régimen de comunicaciones?
Normalmente los menores se recogen por el progenitor no custodio en el domicilio donde estos se encuentren, si bien en determinados supuestos puede establecerse por las partes o bien determinarse en la resolución judicial que la recogida y entrega de las y los menores se realicen en el colegio. o Le asesoramos para elegir el lugar más adecuado.
12¿Y si la progenitora o el progenitor no custodio reside fuera del lugar de residencia de las y los menores?
El régimen de visitas y comunicaciones se adaptará a la distancia, pudiendo ser más largos y concentrados en fines de semana, vacaciones escolares u otros periodos. Se busca garantizar el contacto regular y significativo entre el menor y el progenitor no custodio. La distancia no debe ser un impedimento. Consúltenos para adaptar el régimen a la distancia.
13¿Y si alguno de las y los progenitores no custodio padece alguna enfermedad mental o padece algún tipo de toxicomanía que pueda suponer un perjuicio para la o el menor?
En estos casos, el régimen de visitas y comunicaciones puede ser supervisado o incluso suspendido, dependiendo de la gravedad de la situación y del riesgo que pueda suponer para el menor. La protección del menor es la prioridad absoluta. La salud mental importa. Si tiene estas preocupaciones, consúltenos de inmediato.
14¿En los supuestos de divorcio y separación quien permanece en la vivienda familiar?
La atribución del uso de la vivienda familiar en un divorcio es un tema crucial que se regula en el Código Civil español, específicamente en el artículo 96. Si hay hijos y la custodia es exclusiva o monoparental , prima el interés de los hijos: Por lo tanto, el uso de la vivienda familiar se atribuye generalmente al progenitor que obtenga la custodia de los hijos. Esto se aplica incluso si la vivienda es propiedad exclusiva del otro progenitor. Si hay hijos y la custodia es compartida, Si la vivienda es de los dos, lo normal es que se atribuya por años alternos a cada uno de los progenitores hasta su venta o adjudicación a uno de los progenitores al liquidar la sociedad conyugal. Se puede atribuir solo a uno de los progenitores pero nunca con carácter indefinido. Si la vivienda es propiedad d uno solo de los progenitores se atribuye a este. Acuerdo entre las partes: Los cónyuges pueden llegar a un acuerdo sobre el uso de la vivienda, que deberá ser aprobado por el juez. Titularidad de la vivienda: La atribución del uso no implica un cambio en la propiedad de la vivienda. El propietario sigue siendo el mismo. Duración del uso: El uso de la vivienda se mantiene mientras los hijos sean menores de edad y dependientes económicamente. También puede extinguirse si el beneficiario del uso contrae nuevo matrimonio o vive en concubinato. Gastos de la vivienda: Los gastos de la vivienda, como la hipoteca, los impuestos y los gastos de comunidad, se reparten según lo acordado por las partes o lo establecido por el juez. Consúltenos para conocer sus derechos específicos sobre la vivienda.
15¿En los supuestos de divorcio y separación, si no hay hijas e hijos menores a quien corresponde el uso de la vivienda familiar?
Si no hay hijos menores, el uso de la vivienda familiar se atribuye teniendo en cuenta la situación económica de cada cónyuge y su necesidad de vivienda. Se valoran factores como la edad, la salud, las posibilidades laborales y la existencia de otras propiedades. Se busca un equilibrio. La atribución del uso siempre es limitada en el tiempo.Consúltenos para asesoramiento personalizado sobre la vivienda.
16¿La atribución del uso del domicilio familiar se realiza por un periodo de tiempo limitado?
La atribución del uso del domicilio familiar puede ser por un periodo de tiempo limitado (por ejemplo, hasta que los hijos alcancen la independencia económica) o indefinido, dependiendo de las circunstancias de cada caso y de lo que determine el juez. La duración depende de cada caso. Consúltenos para negociar la duración del uso de la vivienda.
17¿A quién corresponde asumir los gastos ocasionados por el uso de la vivienda, tras el divorcio?
Normalmente, el pago de la hipoteca corresponde a ambos propietarios (si la hay), según el porcentaje de titularidad de cada uno. Los gastos de comunidad corresponderán al propietario y los suministros (luz, agua, gas, etc.) suelen ser responsabilidad del cónyuge que usa la vivienda. El IBI, es siempre abonado por el propietario o propietarios. El reparto de gastos es importante. Consúltenos para saber cómo se reparten los gastos en su caso.
18¿Es posible proceder a la venta del domicilio familiar, en los casos de divorcio?
Sí, es posible vender el domicilio familiar en caso de divorcio, pero generalmente requiere el acuerdo de ambos cónyuges o una autorización judicial. Es importante proteger los intereses de todos los implicados. Vender la vivienda requiere acuerdo. Le asesoramos sobre cómo vender la vivienda de forma justa.
19¿Es necesario el consentimiento de ambos cónyuges para disponer de los derechos sobre la vivienda familiar, tras el divorcio?
En general, sí. Para vender o hipotecar la vivienda familiar, generalmente se necesita el consentimiento de ambos cónyuges, a menos que uno de ellos haya perdido sus derechos sobre la misma por decisión judicial. Proteja sus derechos. El consentimiento es fundamental. Llámenos para asesoramiento legal sobre sus derechos.
20¿Qué se entiende por alimentos?
Los alimentos comprenden todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica de los hijos. También incluyen la educación y la formación profesional, así como los gastos necesarios para su desarrollo integral. Cubren todas las necesidades. El bienestar de los hijos es primordial. Asegure el bienestar de sus hijos. Podemos ayudarle.
21¿Corresponde pensión de alimentos a las hijas e hijos mayores de edad?
Sí, en algunos casos. Aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, los hijos pueden tener derecho a seguir recibiendo alimentos si no han terminado su formación y dependen económicamente de sus padres. Es importante valorar la situación. La necesidad justifica la obligación. Si su hijo mayor aún necesita apoyo, podemos asesorarle.
22¿Puede renunciarse la pensión de alimentos?
Un hijo mayor de edad puede renunciar a su pensión de alimentos, siempre y cuando sea consciente de las implicaciones de su decisión y no se encuentre en una situación de necesidad que comprometa su subsistencia. Sin embargo, esta renuncia debe ser expresa y formal. Es una decisión importante con implicaciones. Llámenos para asesoramiento legal sobre sus derechos.
23¿Cómo se cuantifica la pensión de alimentos?
La cuantía de la pensión de alimentos se determina teniendo en cuenta las necesidades del hijo y la capacidad económica de cada progenitor. Se suelen utilizar tablas orientativas y se valoran otros factores relevantes. El cálculo es complejo. Es importante valorar los recursos. Calculemos juntos una pensión justa y adecuada para su hijo.
24¿En los supuestos que se fije una custodia compartida es necesario establecer pensión de alimentos?
Depende de las circunstancias económicas de cada progenitor. Si ambos tienen ingresos similares y pueden cubrir los gastos del hijo durante el tiempo que lo tienen a su cargo, puede no ser necesaria una pensión. Si hay desequilibrio en los ingresos puede establecerse pensión. El equilibrio económico es clave. ¿Custodia compartida sin pensión? Analicemos su situación en detalle.
25¿La pensión de alimentos se abona todos los meses del año?
Sí, la pensión de alimentos se abona todos los meses del año, incluyendo los periodos de vacaciones escolares o de descanso. Es una obligación mensual constante para garantizar el sustento del hijo. El sustento es constante. Asegúrese del pago regular de la pensión alimenticia. Le podemos asesorar.
26¿Hay que actualizar la pensión de alimentos?
Sí, normalmente se actualiza anualmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) u otro índice similar. Esto asegura que la pensión mantenga su poder adquisitivo y se ajuste al coste de la vida. La actualización es clave. Actualice su pensión para proteger a sus hijos. Podemos ayudarle.
27¿Qué ocurre si las madres o los padres vienen a peor fortuna y no puede pagar la totalidad de la pensión de alimentos?
En este caso, el progenitor que no puede pagar la pensión puede solicitar una modificación judicial de la misma, justificando su situación económica. Es importante informar al juez lo antes posible. La modificación es posible. Si tiene dificultades, consúltenos para evitar problemas mayores.
2825. ¿Qué ocurre si se incumple la obligación del pago de los alimentos?
El incumplimiento de la obligación de pagar los alimentos puede tener consecuencias legales, incluyendo el embargo de bienes, la reclamación judicial de las cantidades adeudadas e incluso la responsabilidad penal por impago de pensiones. El incumplimiento es grave. Le ayudamos a reclamar la pensión impagada. Contáctenos.
29¿Qué se entiende por gastos extraordinarios?
Los gastos extraordinarios son aquellos que son imprevisibles, necesarios y no están incluidos en la pensión ordinaria de alimentos. Pueden ser gastos médicos urgentes, tratamientos dentales no cubiertos por la seguridad social, actividades extraescolares imprescindibles, etc. Son imprevisibles. Defina claramente los gastos extraordinarios para evitar conflictos.
30¿Los gastos extraordinarios de las hijas e hijos comunes, quedan incluidos dentro de la pensión de alimentos?
No, los gastos extraordinarios no suelen estar incluidos en la pensión de alimentos ordinaria. Se pagan aparte entre ambos progenitores, normalmente por mitad o en la proporción establecida en el convenio regulador. Se pagan aparte. Es importante tenerlo claro. Consúltenos para un acuerdo justo y claro sobre los gastos.
31¿El gasto referido a libros, uniformes y material escolar se considera gasto extraordinario?
En general, no se consideran gastos extraordinarios, sino ordinarios, ya que son previsibles y necesarios para la educación del menor. Se suelen incluir en la pensión ordinaria de alimentos. Son ordinarios. Consúltenos para saber cómo clasificar correctamente los gastos escolares.
32¿En qué forma deben contribuir las y los progenitores a los gastos extraordinarios de las hijas e hijos comunes?
La contribución a los gastos extraordinarios se realiza normalmente por mitad entre ambos progenitores, a menos que se haya acordado otra proporción en el convenio regulador o así lo determine el juez. La proporción es importante. Asegúrese de que los gastos se comparten equitativamente.
33¿Es necesario el consentimiento de ambos progenitores para realizar gastos extraordinarios?
Depende del tipo de gasto. Para los gastos urgentes e imprescindibles para la salud del menor no es necesario el consentimiento, pero para otros gastos es recomendable obtenerlo para evitar conflictos. Evite problemas. El diálogo es clave. Consúltenos para saber cuándo necesita el consentimiento del otro progenitor.
34¿Los gastos por enseñanza obligatoria, primaria y secundaria, cuotas de colegio y matrícula, o material escolar: son ordinarios o extraordinarios?
Generalmente, se consideran gastos ordinarios, ya que son previsibles y necesarios para la educación del menor. Están incluidos en la pensión de alimentos ordinaria.
35¿Las cuotas de la asociación de padres, vestuario, uniforme y ropa deportiva para las actividades de esta índole dentro de la enseñanza reglada, son ordinarios o extraordinarios?
Generalmente son ordinarios. Se consideran gastos necesarios para el desarrollo integral del menor en el ámbito escolar y están incluidos en la pensión ordinaria.
36¿La formación profesional del hijo (libros, material para realizarlo y transportes) y los cursos de idiomas o clases particulares previsibles y periódicas, son ordinarios o extraordinarios?
Suelen considerarse ordinarios, si son previsibles y periódicos, ya que contribuyen a la formación integral del hijo y están incluidos en la pensión ordinaria.
37¿Los gastos por transporte y comedor escolares, son ordinarios o extraordinarios?
Se consideran gastos ordinarios, pues son necesarios para que el menor pueda asistir a la escuela y recibir una alimentación adecuada. Están incluidos en la pensión ordinaria.
38¿Los desplazamiento del menor o del progenitor, para cumplir el régimen de relación, son ordinarios o extraordinarios?
Son gastos ordinarios, al ser necesarios para que el menor pueda mantener la relación con ambos progenitores. Están incluidos en la pensión ordinaria.
39¿Las actividades extraescolares si ya tenían lugar cuando se pactó o estableció la pensión o en tal momento era previsible su devengo, son ordinarios o extraordinarios?
Generalmente son ordinarios, ya que ya estaban siendo llevados a cabo por el hijo/a cuando se estableció la pensión, por tanto, se considera que ya se valoraron al fijarla.
40¿Los gastos por matrícula y formación universitaria, son ordinarios o extraordinarios?
Suelen considerarse extraordinarios, ya que no están incluidos en la enseñanza obligatoria y requieren un desembolso adicional.
41¿La inscripción en un colegio privado por uno solo de los progenitores, cuando el otro no expresa su disconformidad, es gasto ordinario o extraordinario?
Si el otro progenitor no se opone, podría considerarse como ordinario, ya que se entiende que ha dado su consentimiento tácito. Es crucial la comunicación.
42¿El gasto de obtención del carné de conducir de los hijos, es ordinario o extraordinario?
Se considera extraordinario, ya que no es imprescindible para la subsistencia, sino un gasto puntual que puede o no realizarse.
43¿Las clases de repaso o apoyo si existe necesidad o conveniencia de tales clases, a la vista del expediente académico del hijo, son ordinarios o extraordinarios?
Serán ordinarios ya que son clases necesarias para el hijo y serán de larga duración.
44¿Las actividades extraescolares si se revelan necesarios o indispensables para el desarrollo integral del menor, ordinario o extraordinario?
Dependerá de si se han considerado esenciales para el menor y si la actividad ya se había realizado. En caso de no ser indispensables ni haber sido llevadas a cabo previamente, se considerarán gastos extraordinarios.
45¿Los gastos médicos, terapéuticos o farmacéuticos que necesite el hijo y no estén cubiertos por la Seguridad social, son ordinarios o extraordinarios?
Son extraordinarios, ya que no están cubiertos por la Seguridad Social y son necesarios para la salud del menor.
46¿Los tratamientos terapéuticos, no cubiertos por la Seguridad social que se estimen necesarios para la recuperación, son ordinarios o extraordinarios?
Son extraordinarios ya que son tratamientos que no están cubiertos por la seguridad social y son necesarios para la recuperación.
47¿Los producidos por el cuidado de la salud e higiene bucal y ortodoncia, son ordinarios o extraordinarios?
Son extraordinarios ya que no están cubiertos por la seguridad social.
48¿Los viajes de estudios cuando se estiman, no sólo aconsejables, sino necesarios, por estar realizados por todo el curso, son ordinarios o extraordinarios?
Son ordinarios ya que son viajes realizados por el centro escolar para el desarrollo del alumno y tienen una duración larga.
49¿Qué es la pensión compensatoria?
La pensión compensatoria es una prestación económica que se concede a uno de los cónyuges cuando el divorcio o la separación le produce un desequilibrio económico significativo, en comparación con la situación que tenía durante el matrimonio. Busca compensar ese desequilibrio. Es un derecho a valorar. Consúltenos si cree tener derecho a una pensión.
50¿Cómo se cuantifica la pensión compensatoria en un procedimiento de divorcio?
Para cuantificar la pensión compensatoria, se consideran diversos factores, como la duración del matrimonio, la edad y el estado de salud de los cónyuges, su cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral, la dedicación a la familia y la pérdida de oportunidades laborales. Es un análisis complejo. Le ayudamos a determinar la pensión justa para usted.
51¿En qué momento debe establecerse la pensión compensatoria, un procedimiento de divorcio?
La pensión compensatoria debe establecerse en la sentencia de divorcio o separación, o bien en un acuerdo entre las partes que sea aprobado por el juez. Es fundamental solicitarla en el momento oportuno. No se demore. Podemos ayudarle a solicitarla a tiempo. Consúltenos.
52¿Puede acordar el tribunal de “oficio” en un procedimiento de divorcio el derecho a pensión compensatoria?
No, el tribunal no puede acordar de oficio el derecho a la pensión compensatoria. Es necesario que uno de los cónyuges la solicite expresamente, presentando las pruebas necesarias para justificar su necesidad. Es imprescindible solicitarla. Si cree que la necesita, debe solicitarla. Le asesoramos en el proceso.

Preguntas Frecuentes

1¿Cuál es el plazo de duración de la pensión compensatoria?
La duración de la pensión compensatoria puede ser temporal (por un periodo determinado) o indefinida, dependiendo de las circunstancias del caso y de la capacidad del cónyuge beneficiario para superar el desequilibrio económico. Cada caso es diferente. Se valora cada situación. Consúltenos para definir la duración adecuada para su pensión.
2¿Puede renunciarse la pensión compensatoria, en un procedimiento de divorcio?
Sí, la pensión compensatoria puede ser renunciada siempre y cuando este explícito en el convenio regulador. Siempre tiene que estar de forma explícita.
3¿En qué forma se abona la pensión compensatoria?
Se podrá acordar el pago único o una pensión temporal o indefinida, depende de la necesidad de cada persona. Los pagos son personalizados.
4¿Se tiene que actualizar la pensión compensatoria?
Dependerá de lo acordado en el convenio regulador. Se tendrá que revisar el convenio para ver que se acordó en su momento.
5¿Una vez establecida la pensión compensatoria, en un procedimiento de divorcio se puede modificar su cuantía?
Si, en caso de que se produzca una modificación sustancial en los ingresos, puede modificarse la cuantía. En caso de modificación llamar y consultar a un abogado experto.
6¿Cuándo se extingue la pensión compensatoria?
El fallecimiento del deudor es una causa de extinción de la pensión. También puede extinguirse si el acreedor contrae nuevo matrimonio o convivencia marital. Tiene que ser una causa importante.
7¿El fallecimiento de la o el cónyuge deudor es causa de extinción de la pensión compensatoria?
No, el fallecimiento del cónyuge deudor no extingue automáticamente la pensión compensatoria. Según el artículo 101 del Código Civil español, la muerte del deudor no extingue por sí sola el derecho a la pensión compensatoria. Sin embargo, existen algunas consideraciones importantes: • Herencia: ◦ La pensión compensatoria se convierte en una carga de la herencia. Esto significa que los herederos del cónyuge fallecido pueden estar obligados a continuar pagando la pensión. ◦ La obligación de los herederos se limita a la parte de la herencia que no está legalmente reservada para ellos (la "legítima"). • Extinción judicial: ◦ Los herederos pueden solicitar al juez la extinción o modificación de la pensión compensatoria si la herencia no es suficiente para cubrirla o si existen otras circunstancias que lo justifiquen. ◦ La viuda puede recibir la pensión de viudedad, pero esta nunca podrá ser mayor que la pensión compensatoria que recibía. • Pactos y convenios: ◦ En el convenio regulador del divorcio o en acuerdos posteriores, las partes pueden haber establecido disposiciones específicas sobre la pensión compensatoria en caso de fallecimiento del deudor.
8¿La extinción de la pensión compensatoria se produce de forma automática?
No, la extinción de la pensión compensatoria no se produce de forma automática. Aunque existen causas que pueden llevar a su extinción, generalmente se requiere una acción judicial o un acuerdo entre las partes. Aquí te detallo las principales causas de extinción y cómo se aplican: Causas de extinción de la pensión compensatoria (artículo 101 del Código Civil): • Cese de la causa que la motivó: ◦ Esto significa que si desaparece el desequilibrio económico que justificó la pensión, esta puede extinguirse. Por ejemplo, si el beneficiario encuentra un empleo con ingresos suficientes. ◦ Sin embargo, la extinción no es automática. Se debe demostrar ante un juez que el desequilibrio ha desaparecido. • Contraer nuevo matrimonio o vivir maritalmente con otra persona: ◦ Si el beneficiario de la pensión contrae matrimonio o establece una relación de convivencia estable con otra persona, la pensión puede extinguirse. ◦ Al igual que en el caso anterior, no es automático. Se debe iniciar un procedimiento judicial para que se declare la extinción. • Muerte del deudor: ◦ Como se ha explicado anteriormente, la muerte del deudor no extingue automáticamente la pensión, pero puede dar lugar a su modificación o extinción judicial. • Acuerdo entre las partes: ◦ Los cónyuges pueden acordar la extinción de la pensión en cualquier momento, siempre que exista un acuerdo mutuo. Este acuerdo debe ser ratificado judicialmente. • Por Sentencia Judicial: ◦ Siempre se necesitara una sentencia judicial para que la extinción se produzca.
9¿Los efectos de la extinción de la pensión compensatoria se retrotraen al momento de la existencia de la causa que la provocó?
La cuestión de la retroactividad de los efectos de la extinción de la pensión compensatoria es un tema que ha generado cierta controversia y ha sido objeto de diversas interpretaciones jurisprudenciales. A continuación, se exponen los puntos clave: Principio general: • En general, la extinción de la pensión compensatoria no suele tener efectos retroactivos. Esto significa que, una vez que se declara la extinción, los efectos se producen a partir de la fecha de la sentencia judicial o del acuerdo entre las partes, y no se retrotraen al momento en que surgió la causa de extinción. Excepciones y matices: • Contraer nuevo matrimonio o convivencia marital: ◦ En casos de extinción por contraer nuevo matrimonio o vivir maritalmente con otra persona, existe cierta discusión. Algunas interpretaciones judiciales han establecido que los efectos de la extinción pueden retrotraerse a la fecha en que se produjo el nuevo matrimonio o el inicio de la convivencia, aunque existan sentencias que marcan el inicio de la extinción en la fecha de interposición de la demanda. • Cese de la causa que la motivó: ◦ Cuando la extinción se basa en el cese del desequilibrio económico, la jurisprudencia tiende a ser más cautelosa con la retroactividad. Se suele considerar que los efectos se producen a partir de la fecha en que se demuestra judicialmente que el desequilibrio ha desaparecido. • Interposición de la demanda: ◦ En algunas ocasiones se ha considerado que los efectos de la extinción se deben retrotraer al momento de la interposición de la demanda. • Sentencia judicial: ◦ La sentencia judicial es la que determina cuando se producen los efectos de la extinción, y es el juez el que toma la decisión sobre si estos efectos son retroactivos o no.
10¿Qué se entiende por cargas del matrimonio, en un procedimiento de divorcio?
Se refiere a los gastos necesarios para el sostenimiento de la familia, como alimentación, vivienda, educación y atención médica. Estos gastos son responsabilidad de ambos cónyuges, en proporción a sus ingresos. Las cargas son compartidas.
11¿Qué se entiende por régimen económico del matrimonio?
Es el conjunto de normas que regulan la propiedad, administración y disposición de los bienes durante el matrimonio y en caso de disolución. Determina cómo se gestionan los bienes.
12¿En qué consiste la sociedad de gananciales?
Es un régimen económico donde los bienes adquiridos durante el matrimonio a título oneroso son comunes a ambos cónyuges. Estos bienes se reparten al disolverse el matrimonio. Los bienes son comunes.
13¿Qué bienes tienen carácter ganancial?
Son gananciales los bienes adquiridos a título oneroso durante el matrimonio con el esfuerzo común de los cónyuges, como salarios, rentas, negocios y ganancias. El esfuerzo común crea gananciales
14¿Qué bienes son privativos?
Son privativos los bienes que pertenecen a cada cónyuge antes del matrimonio y los adquiridos a título gratuito durante el mismo (herencias, donaciones). Estos bienes no se reparten en el divorcio.
15¿Qué bienes son gananciales?
Bienes adquiridos durante el matrimonio a título oneroso, rentas de trabajo, negocios, ganancias de juego. Son los más comunes.
16¿Pueden realizarse actos de disposición sobre los bienes comunes por cualquiera de los cónyuges?
Generalmente no, se requiere el consentimiento de ambos para vender o hipotecar bienes gananciales. La gestión es conjunta.
17¿Cómo se regula la administración de los bienes gananciales?
Generalmente la administración es conjunta, ambos cónyuges deben participar en las decisiones importantes. Es una gestión coordinada.
18¿Existen excepciones al régimen de administración conjunta de los bienes gananciales?
Sí, en casos de incapacidad o ausencia de uno de los cónyuges, el otro puede administrar los bienes. Pero siempre se tiene que tener en cuenta.
19¿Qué es la disolución de la sociedad de gananciales?
Es el fin del régimen económico ganancial, que suele ocurrir con el divorcio o la separación legal. El final de la sociedad ganancial.
20¿Qué es la liquidación de la sociedad de gananciales?
Consiste en inventariar, valorar y repartir los bienes gananciales entre los cónyuges tras la disolución. Es la última fase del divorcio.
21¿Qué causas disuelven la sociedad de gananciales?
El divorcio, la separación legal, el cambio a otro régimen económico matrimonial. Estas son las causas principales.
22¿Es posible liquidar la sociedad de gananciales en un proceso de separación o divorcio?
Sí, es lo más común. Se busca repartir los bienes gananciales de forma justa entre los cónyuges. Liquidar los bienes es importante.
23¿A quién corresponde seguir pagando la hipoteca tras el divorcio?
Depende de lo acordado en el convenio regulador o la sentencia. Generalmente, la obligación se mantiene según la titularidad. El juez lo dictaminará.
24¿Tiene derecho el banco a pedirme que le enseñe de la sentencia de divorcio o el convenio regulador?
Sí, el banco puede solicitar esta información para conocer la nueva situación y los responsables del pago. El banco tiene derecho a estar informado.
25¿Cómo se organiza en la práctica el pago de la hipoteca tras el divorcio?
Se puede seguir pagando conjuntamente o que uno asuma la totalidad, según lo acordado. Es importante notificar al banco. La práctica es variada.
26¿Está obligado al banco a aceptar el pacto en el divorcio por el que uno de los dos se exime de pagar las cuotas de la hipoteca?
No, el banco no está obligado. El acuerdo entre los cónyuges no vincula al banco, que mantiene sus derechos frente a ambos. El banco no está vinculado.
27¿Cómo puedo recuperar la parte de la hipoteca que durante el divorcio he pagado de más respecto de mi expareja?
Se puede reclamar judicialmente a su expareja la parte que le corresponde según lo acordado en el convenio o sentencia. Acudir al juzgado es una opción.
28Si en el convenio de divorcio o en la sentencia se le ha asignado el uso de la vivienda a mi expareja y a mis hijos ¿puede ella hipotecar la vivienda sin contar conmigo?
No, generalmente necesita su consentimiento si usted es propietario de parte de la vivienda. Si es propietario tiene derecho a decir.
29Si la vivienda era de mi propiedad exclusiva antes del matrimonio ¿puedo yo hipotecarla pese a tener mi expareja el uso de la misma?
Sí, puede hipotecarla, pero debe respetar el derecho de uso de su expareja, lo que puede dificultar la operación. Tiene que respetar la ley.
30Si la nueva pareja de uno de los excónyuges pasa a vivir en la vivienda hipotecada, tras el divorcio, ¿Se le puede obligar a pagar la hipoteca? ¿Puede el banco reclamarle el pago a él?
No, la nueva pareja no está obligada al pago de la hipoteca ni el banco puede reclamárselo directamente. La nueva pareja no tiene obligación.
31¿Qué pasa si tras el divorcio dejo de pagar mi parte de la hipoteca?
El banco puede reclamarle la totalidad de la deuda y, en última instancia, ejecutar la hipoteca sobre la vivienda. Dejar de pagar tiene consecuencias.
32¿Qué pasa si tras el divorcio mi expareja deja de pagar dejar de pagar su parte de la hipoteca, pese a seguir vivienda en la casa?
El banco puede reclamarle a usted la totalidad de la deuda, ya que ambos son responsables. Usted también es responsable.
33¿Es posible que ejecuten la hipoteca sobre mi casa sin que yo me entere?
No, el banco debe notificarle formalmente el inicio del proceso de ejecución hipotecaria. Tiene que notificar.
34¿Puedo negociar la dación en pago de la vivienda al banco sin contar con mi expareja?
No, necesita el consentimiento de su expareja, ya que ambos son propietarios de la vivienda. El consentimiento es fundamental.
35¿Está obligado el banco a aceptar la dación en pago que pidamos los dos ex cónyuges, invocando como causa el divorcio?
No, el banco no está obligado a aceptar la dación en pago, pero puede negociarse si es la mejor solución para ambas partes. No es obligatorio para el banco.
36Si la hipoteca la firmaron también mis padres, ¿quedan libres tras el divorcio de pagar si la vivienda ha sido asignada en uso a mi esposa y a los niños?
No, sus padres siguen siendo responsables del pago de la hipoteca, independientemente de la asignación del uso de la vivienda. Los padres siguen siendo responsables.
37Si he conseguido reunir el dinero después del divorcio, ¿puedo obligar al banco a que acepte cobrar por anticipado la hipoteca, aunque mi expareja tenga parte de la propiedad y el uso?
Sí, puede amortizar anticipadamente la hipoteca, pero es posible que el banco cobre una comisión por ello. Consulte las condiciones de su préstamo. Consulte las condiciones del banco.
38Cuando se acaba de pagar la hipoteca ¿Quién puede pedir del banco la escritura de cancelación?
Cualquiera de los titulares de la hipoteca puede solicitar la escritura de cancelación al banco. Cualquiera puede solicitarlo.
39Si muero, ¿Quién heredará la deuda garantizada con hipoteca?
La deuda hipotecaria se hereda junto con los demás bienes y deudas del fallecido. Los herederos deberán decidir si aceptan o renuncian a la herencia. La herencia incluye todo.
40En el convenio de divorcio mi vi obligado a transmitir a mis hijos la propiedad de mi mitad de la vivienda y la otra mitad quedó a nombre de mi expareja ¿Cómo afecta esto a la hipoteca?
Usted sigue siendo responsable de la hipoteca hasta que se cancele, independientemente de la propiedad de la vivienda. Su responsabilidad continua.
41¿Qué implicaciones fiscales tiene un divorcio o separación?
Pueden surgir implicaciones en el IRPF (deducción por pensión de alimentos, tributación de gananciales), Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (en la liquidación de gananciales) y otros impuestos. Consulte a un experto. Es importante consultar.
42¿Se quiere divorciar?
Contáctenos y le brindaremos asesoramiento experto y personalizado para afrontar este proceso con seguridad y proteger sus intereses.
43¿Cómo afecta mi rol como padre a la decisión sobre la custodia?
Tu rol activo y comprometido como padre es fundamental. Los tribunales buscan el interés superior del menor, lo que implica evaluar la capacidad de cada progenitor para proveer cuidado, estabilidad y apoyo emocional. Demostrar una participación activa en la vida de tus hijos (actividades escolares, recreativas, salud) fortalece tu posición. Cada caso es único. Consúltenos para analizar su situación.
44¿Qué puedo hacer si mi ex pareja intenta alejar a mis hijos de mí?
Esta situación, conocida como "alienación parental", es delicada. Recopila pruebas de las acciones de tu ex pareja (mensajes, correos electrónicos, testimonios). Busca asesoramiento legal de inmediato. En algunos casos, puede ser necesario solicitar una evaluación psicológica familiar. Es crucial actuar con calma y priorizar el bienestar de tus hijos. No enfrente esto solo, le brindaremos la asesoría necesaria.
45¿Cómo puedo demostrar que soy un padre presente y comprometido para obtener la custodia compartida?
Documenta tu participación activa en la vida de tus hijos: guarda registros de actividades, eventos escolares, citas médicas, comunicaciones con maestros, etc. Presenta testimonios de personas que puedan corroborar tu rol como padre (familiares, amigos, maestros, entrenadores). Muestra disposición para cooperar con tu ex pareja en la crianza de los hijos. Una estrategia legal sólida es clave. Contáctenos para evaluar su caso.
46¿Qué puedo hacer si mi ex pareja manipula a los niños en mi contra?
Mantén la calma y evita discutir con tu ex pareja frente a los niños. Refuerza tu relación con tus hijos, brindándoles amor, apoyo y seguridad. No hables mal de tu ex pareja a los niños. Si la manipulación persiste, busca ayuda profesional (terapia familiar) y considera la posibilidad de presentar una demanda por alienación parental. Proteja a sus hijos. Nuestra abogada puede ayudarle a tomar las medidas legales adecuadas.
47¿Cómo puedo participar en la toma de decisiones importantes sobre la vida de mis hijos (educación, salud, etc.) si no tengo la custodia exclusiva?
La custodia legal conjunta implica que ambos progenitores tienen el derecho y la responsabilidad de tomar decisiones importantes sobre la vida de los hijos. Si no tienes la custodia legal conjunta, puedes solicitarla al tribunal. Mantén una comunicación abierta y respetuosa con tu ex pareja. Si no logran llegar a un acuerdo, pueden recurrir a la mediación o solicitar la intervención del juez. Sus derechos como padre deben ser respetados. Consulte con nuestra abogada.
48¿Cómo elijo al abogado adecuado para mi caso?
Busca un abogado con experiencia en derecho de familia y divorcios, especialmente en casos que involucran a padres. Pide referencias y lee reseñas en línea. Elige a un abogado con quien te sientas cómodo y confiado, y que tenga una estrategia clara para tu caso.
49¿Existe algún prejuicio de género en los juzgados de familia? ¿Cómo puedo superar estos prejuicios?
Aunque la ley busca la igualdad, en la práctica pueden existir prejuicios de género. Para superarlos, presenta pruebas sólidas de tu rol como padre, busca testimonios que respalden tu capacidad de cuidado, y asesórate con un abogado que conozca las dinámicas de género en los juzgados de familia. La preparación es clave.
50¿Qué puedo hacer si mi ex pareja presenta acusaciones falsas en mi contra (violencia doméstica, abuso infantil, etc.)?
Toma estas acusaciones muy en serio. Busca asesoramiento legal de inmediato. No te enfrentes a tu ex pareja directamente. Recopila pruebas que demuestren tu inocencia (testimonios, documentos, etc.). Coopera con las autoridades en la investigación. Es fundamental defenderse.
51¿Cómo puedo defenderme si mi ex pareja intenta alargar el proceso de divorcio para presionarme o agotarme financieramente?
Comunícate con tu abogado y explícale la situación. Presenta mociones para obligar a tu ex pareja a cumplir con los plazos y requerimientos del juzgado No cedas a la presión. La paciencia es fundamental.
52¿Qué puedo hacer si mi ex pareja no cumple con los acuerdos del divorcio (régimen de visitas, pago de la pensión, etc.)?
Documenta cada incumplimiento. Comunícate con tu abogado y presenta una demanda por incumplimiento del convenio. Solicita al juzgado que haga cumplir los acuerdos del divorcio y que sancione a tu ex pareja por su incumplimiento. No permita que sus derechos sean vulnerados.
53¿Cómo puedo proteger mi negocio o empresa familiar durante el divorcio?
Busca asesoramiento legal y financiero lo antes posible. Realiza una valoración precisa de tu negocio. Considera la posibilidad de llegar a un acuerdo con tu ex pareja para mantener la propiedad y el control de tu negocio
54¿Cómo puedo evitar pagar una pensión compensatoria excesiva o injusta?
Recopila información sobre los ingresos y gastos de tu ex pareja. Demuestra que tu ex pareja tiene la capacidad de mantenerse por sí misma. Defienda sus intereses.
55¿Qué errores debo evitar cometer durante el divorcio?
Evita discutir con tu ex pareja frente a los hijos. No utilices a los hijos como moneda de cambio. No hables mal de tu ex pareja a los hijos. No tomes decisiones impulsivas. No descuides tu salud física y emocional. Mantén la calma y busca asesoramiento profesional.

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