Mediación familiar
10/10/2022
La Custodia Compartida: ¿Qué valora el juez para concederla?
10/10/2022Puntos clave en un divorcio
En tu proceso de separación o divorcio, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso, hay varios puntos esenciales:
Patria Potestad:
Este conjunto de derechos y deberes permite a los padres tomar decisiones (colegio, comunión, tratamientos médicos, etc.) y representar a sus hijos. La patria potestad es de ambos, pero se puede privar a uno en casos graves (maltrato, condenas penales, etc.).
Guarda y Custodia:
Define con quién vivirán los hijos y quién tomará las decisiones cotidianas. Puede ser monoparental (un progenitor) o compartida (ambos). Actualmente, los juzgados priorizan la custodia compartida. ¿Qué criterios se aplican para la custodia compartida? Descúbrelo aquí.
Régimen de visitas:
El menor tiene derecho a relacionarse con el progenitor no custodio de forma amplia y flexible. Cada vez más juzgados establecen visitas con pernoctas y fines de semana alternos. ¿Cuál es el régimen ideal?
Pensión de alimentos:
Se determina según los gastos del menor, que ambos padres deben asumir proporcionalmente a sus ingresos. No tomes como referencia la pensión de otros, cada situación es única. La custodia compartida no implica que no haya pensión. Se valora cada caso.
Para calcular la pensión, se consideran gastos como educación, ropa, comida, seguro médico y la parte proporcional de la vivienda, además de los ingresos de los padres.
Pensión compensatoria:
Es para el miembro de la pareja que carece de recursos económicos tras el divorcio. No busca equilibrar las economías, sino ayudar al cónyuge en desamparo. Suele ser temporal. Actualmente, se conceden pocas.
Hipoteca:
Independientemente de los ingresos, la hipoteca se paga según la cuota de propiedad. Si se adquirió en gananciales, cada cónyuge asume el 50%.
Liquidación de gananciales:
En divorcios de mutuo acuerdo, se puede incluir en el convenio. Si es contencioso, hay que esperar a otro procedimiento.
Uso de la vivienda familiar:
Si no hay acuerdo aprobado por el Juez, el uso corresponde a los hijos y al cónyuge con quien vivan, incluso si la casa es del otro. Si hay hijos con ambos, el Juez decidirá. Sin hijos, el uso corresponde al titular, aunque puede cederse al otro si lo necesita más (enfermedad, etc.).
En caso de custodia compartida, la vivienda se otorga al cónyuge que más lo necesite (económica, salud, familiar), aunque el juez puede acordar un uso alternativo.
Aspectos legales en la Separación y el Divorcio
Para finalizar una relación, existen dos vías: la amistosa y la contenciosa.
Divorcio y Separación de Mutuo Acuerdo
Se puede iniciar tras tres meses de matrimonio. Necesitarás:
- Certificado literal de matrimonio.
- Certificado de empadronamiento (de uno de los cónyuges).
- Certificado literal de nacimiento de los hijos (si los hay).
- Copia de la sentencia de separación previa (si existe).
- Poder general para pleitos al procurador. Se hace en notaría (unos 50€) o gratis en el juzgado.
- Convenio regulador: Detalla la guarda y custodia, el régimen de visitas, pensiones y uso de la vivienda. Ambos cónyuges deben firmarlo en el Juzgado. Modelo de convenio aquí.
Procedimiento Amistoso: Paso a Paso
- Presentación de la demanda en el Juzgado.
- Citación para ratificar el convenio. Si no se ratifica, se archiva el procedimiento.
- Si hay hijos menores, traslado al Ministerio Fiscal para proteger sus intereses.
- Sentencia.
Duración: 1-3 meses.
Divorcio y Separación Contenciosa
El proceso comienza presentando la demanda con certificados de matrimonio y nacimiento de los hijos, además de documentos que acrediten la situación económica de los cónyuges.
Proceso Contencioso: Fases Clave
- Se da traslado de la demanda al otro cónyuge para que la conteste.
- El Juez cita a una vista con abogados y procuradores. Si hay hijos, participa el Ministerio Fiscal. Se practican pruebas sobre la custodia, visitas, uso de la vivienda y pensiones. Se escucha a los hijos mayores de 12 años.
- Tras la vista, el Juez dicta sentencia con las medidas que regirán las relaciones. Se inscribe en el Registro Civil. Puede inscribirse en el Registro de la Propiedad o Mercantil si alguno es empresario.
- Cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
Duración: 5-12 meses.
Modificación de Medidas: ¿Cuándo es posible?
Las medidas de la sentencia (custodia, visitas, alimentos, etc.) se pueden modificar si cambian sustancialmente las circunstancias económicas o personales.
Es decir, si la situación que se tuvo en cuenta al dictar sentencia ha cambiado, se puede solicitar una modificación.
La modificación puede ser de mutuo acuerdo (nuevo convenio) o contenciosa (demanda).
Para que prospere, debe haber:
- Hechos nuevos posteriores a la sentencia.
- Alteración sustancial de las circunstancias.
- Carácter permanente (no transitorio).
- Prueba de las nuevas circunstancias.
Por ejemplo, si se reduce la pensión por desempleo, es importante solicitar la modificación para evitar denuncias por impago.
Medidas Provisionales: Protección Urgente
En un proceso contencioso (que puede durar un año), se pueden solicitar medidas provisionales «urgentes» que regirán hasta la sentencia:
- Custodia de los menores.
- Medidas ante riesgo de sustracción del menor (prohibición de salida del país, retirada de pasaporte, autorización judicial para cambio de domicilio).
- Uso de la vivienda familiar.
- Pensión de alimentos.
- Reglas de administración de los bienes gananciales.
Estas medidas se sustituyen por las definitivas en la sentencia.
Diferencias Clave: Separación vs. Divorcio
La principal diferencia es que la separación no disuelve el matrimonio, solo lo suspende. No permite casarse de nuevo.
El divorcio, en cambio, rompe el vínculo. Los cónyuges pueden contraer matrimonio civil de nuevo.
La separación permite la reconciliación; el divorcio exige un nuevo matrimonio.
Aspectos Fiscales del Divorcio
Implicaciones Fiscales: ¿Cómo te Afectan?
Las rupturas matrimoniales tienen implicaciones fiscales que a menudo se ignoran. El progenitor no custodio suele verse perjudicado.
A efectos del IRPF, la unidad familiar se determina a 31 de diciembre. Si la separación o divorcio ocurre durante el año, no hay unidad familiar a esa fecha. Cada uno debe declarar individualmente.
El titular de la vivienda al que no se atribuye el uso puede deducir por la hipoteca. El cónyuge y los hijos que viven en ella no imputan nada.
Deben computarse las pensiones compensatorias pagadas o recibidas por resolución judicial. El pagador la reduce de la base imponible, el receptor tributa.
Solo reducen la base imponible las cantidades pagadas tras la resolución judicial. Si la sentencia reconoce retroactividad, se puede rectificar declaraciones anteriores. No se puede reducir la base por pagos anteriores a la demanda.
No se incluyen las pensiones de alimentos a los hijos ni las cargas del matrimonio. Las anualidades por alimentos tienen compensación fiscal para el pagador: si son inferiores al resto de la base liquidable general, se desdobla la base liquidable, reduciendo el tipo impositivo.
La adjudicación de bienes al liquidar la sociedad conyugal está exenta del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y de Actos Jurídicos Documentados, así como del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía).
Aspectos Psicológicos: Impacto del Divorcio
Efectos en Adultos: Etapas y Consecuencias
- Predivorcio (divorcio emocional): Desilusión, desafecto, ansiedad, confusión, desesperanza.
- Durante el divorcio: Confusión, furia, tristeza, soledad, ambivalencia. Tareas: consultar abogados, separación física, acuerdos económicos y de custodia, comunicarlo a familiares, buscar trabajo, nuevas amistades, estabilizar una nueva rutina para los hijos.
- Postdivorcio: Aceptación, autoestima, confianza, independencia. Tareas: completar el divorcio psicológico, encontrar una nueva pareja, nuevo estilo de vida, ayudar a los hijos.
Efectos en Hijos: ¿Cómo Ayudarlos?
- Tras el divorcio: Problemas de conducta, ansiedad, depresión. Con el tiempo, mejora la adaptación.
- Preescolares: Ansiedad por separación, miedo al abandono, regresiones, culpa.
- Edad escolar (6-8 años): Depresión, preocupación por el progenitor que se va, temor a ser rechazados.
- Preadolescencia (9-12 años): Cólera, culpa a un progenitor, síntomas somáticos.
- Adolescentes: Más herramientas para afrontar el divorcio, apoyo de amigos y otros adultos.
Relación Padres-Hijos: Cambios Tras el Divorcio
- Menos tiempo compartido.
- Nuevas responsabilidades para cada progenitor.
- Nuevas habilidades (comunicación, resolución de problemas).
- Menos responsabilidad parental e involucramiento para el progenitor sin custodia.
- Estrés emocional e incluso enfermedades físicas para el progenitor con custodia.
- Menos disponibilidad física y emocional del progenitor con custodia.
- En muchos casos, disminución de la economía familiar.
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